Sesiones / Sesión Nº621 / Acuerdo Nº 7744

Críticas a proceso de Descentralización febrero 2016

Acuerdo N° 7744

Período 2014 - 2018

02/02/2016

 

CERTIFICADO

                 La Secretaria Ejecutiva que suscribe, CERTIFICA que en la Sesión Ordinaria Nº 621, de fecha 2016 de Febrero del 02, el CONSEJO REGIONAL - REGION DE COQUIMBO, adoptó el siguiente acuerdo:

Acuerdo Nº 7744

Se acuerda emitir el siguiente pronunciamiento de observaciones a la propuesta descentralizadora presentada por el ejecutivo en actual tramitación en el Congreso Nacional:

•Aspectos generales:
 
•El proyecto no aborda una relación distinta entre Estado central y las regiones.
•Existen regiones con características propias.
•Estamos por un Estado unitario y descentralizado, pero perfectamente podría establecerse para regiones estatutos especiales que permitan participación a sus integrantes a nivel regional.
• El proyecto de ley en trámite contempla mantener en los actuales artículos 16 a), 18 a) y d) y 20 bis de la Ley vigente, que las políticas regionales deberán ajustarse a las políticas nacionales, lo que demuestra una mirada centralista del proyecto de ley en trámite .
  • Lo requerido al Gobierno central fue una propuesta integral en materia descentralizadora, cuestión que no ha acaesido, la propuesta actual es parcial lo que no permite al legislador conocer el conjunto de modificaciones a la Constitución y a la ley en pos de un diseño legislativo coherente.
  • La propuesta legislativa debió haber abordado en un solo proyecto de ley las siguientes materias:
  1. - Elección democrática del Intendente
  2. - Traspaso de competencias.
  3. - Financiamiento regional.
  4. - Probidad.
  5. - Fiscalización.
•Un ejemplo claro de la incoherencia de las propuestas es que en la Cámara de Diputados se está legislando entorno a un ejecutivo del Gobierno Regional designada por el Presidente de la República y en el Senado se está legislando sobre la figura de un ejecutivo del Gobierno Regional electo por la ciudadanía.
•Los últimos acuerdos realizados por la Comisión de Gobierno del Senado sobre la Reforma Constitucional de elección de intendentes, se resumen principalmente en cinco puntos:
 
1) Se elimina la figura de Gobernador Regional, figura designada por el Presidente de la República propuesto en el proyecto del Ejecutivo, siendo reemplazada por la de Delegado Presidencial a nivel de provincia.
2)Se elimina la figura de Intendente, la cual es reemplazada por la de Gobernador Regional electo democráticamente.
3)La elección del Gobernador Regional se realizará junto a la presidencial, parlamentaria y de los consejeros regionales.
4)La elección se realizará en una sola vuelta.
5)El nuevo Gobernador Regional podrá ser reelecto indefinidamente.
 
•Core fiscalizador
El proyecto del ejecutivo contempla creación de cargo de auditoría, que se trata de una función relacionada al Intendente de turno, más que cumplir un rol eficaz en cuanto a la transparencia.
Se propone un control Interno que dependa técnicamente a la Contraloría General de la República y su cargo sea provisto por la Alta Dirección Pública .
•Hoy sólo existe la facultad de los Consejeros para fiscalizar a los órganos del Gobierno Regional y a través del Intendente en su rol de ejecutivo, esta función es muy marginal, la información que se requiere inclusive es más rápido obtenerla  a través de Transparencia del respectivo servicio.

       El nuevo proyecto contempla que los Cores podrán citar a un Seremi,  pero esta acción no tiene efectos jurídicos y no le entrega a los Cores facultades sobre estas autoridades. Además lógicamente, la autoridad   seguirá los lineamientos que su superior que el Estado central le   asigne.

          •Por ende, en esta materia no existe propuesta de aumentar las facultades de fiscalización.

•Traspaso de competencias
Sólo se plantean programas piloto, no hay traspaso efectivo desde los servicios a los Gobiernos Regionales.
El proyecto de ley sigue con las facultades de un Estado nacional versus los requerimientos que pueda realizar una región.
•Se propone que todo traspaso de competencias debe ser gradual y de acuerdo a la realidad de las regiones .
•En el caso que una región solicite una competencia y el gobierno central no la conceda injustificadamente, se propone la existencia de un tercer organismo imparcial que resuelva este conflicto y, para ello Ancore propone que el Congreso actúe como arbitro.
 
•Atribuciones del Gobierno Regional
•Si se centraliza el poder de decisión en una persona, Gobernador Regional, se rompe el equilibrio político en la región.Con ello, pierde razón de existencia el Consejo Regional, específicamente en su principal rol de distribución del FNDR, en relación a la equidad territorial, ante la propuesta del Intendente.
 
El Ejecutivo establece que el Core sea un órgano colegiado similar al Congreso Nacional en la aprobación del proyecto de presupuesto.
•Primero, el Core no es un órgano de la estructura del Poder legislativo en la región, (conforme al art. 36 de la Ley 19.175 el Core aprueba, resuelve, fiscaliza, da su acuerdo, emite opinión.)  
 Se rechazan las modificaciones legales que restringen las facultades de los Consejos Regionales propuestos por ejecutivo y se plantea se mantengan y refuercen las actuales funciones del cuerpo colegiado.
 
•Creaciones de nuevas divisiones
•El ejecutivo plantea un organigrama para regular las divisiones al interior de los Gobiernos Regionales y la creación de tres nuevas divisiones, pero no introduce modificaciones legales que mejoren las condiciones laborales de los funcionarios, no mejora la carrera funcionaria, no contempla regulación a la las plantas de los Gobiernos Regionales.
•El proyecto no resuelve el problema de que el Consejo está desprovisto de personal y apoyo técnico para ejercer más eficientemente nuestra función, no así el Intendente, que cuenta con personal a su cargo.
•Cada Intendente que asume desvincula al personal a cargo del Intendente anteriorà no hay continuidad laboral. Por ello se propone dotación de confianza del Intendente, que llega y se va con el ejecutivo del Gobierno regional.
•Se propone se mejore la carrera funcionaria de trabajadores de los Gobiernos Regionales .
 
•Fortalecimiento de la Función de Consejero Regional
•Se solicita que se incorpore a la estructura de los Gore una dotación mínima de personal en la Secretaría ejecutiva del Consejo
•Se solicita se entreguen los medios mínimos para el ejercicio de la función de Consejero Regional, se incluya una indicación que permita que los Consejeros  Regionales se puedan asociar, se elimine en el artículo 39 inciso séptimo las expresiones “cuando ello les signifique trasladarse fuera de su lugar de residencia habitual.”

El presente acuerdo ha sido adoptado por 15 voto(s) a favor del(los) consejero(s) asistente(s): Sr(s). Agapito Santander Marín, Alberto Gallardo Flores, Angela Rojas Escudero, Denis Cortés Aguilera, Eduardo Alcayaga Cortés, Fernando Gallardo Pereira, Gloria Torres Espejo, Hanna Jarufe Haune, José Montoya Angel, José Sulantay Silva, Lidia Zapata Pasten, Marcelo Castagneto Arancibia, Miguel Solís Viera, Raúl Godoy Barraza, Teodoro Aguirre Alvarez . El(Los) consejero(s) Sr(s). Carlos Galleguillos Rojo no asiste(n) a la sesión.

 

 




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