Sesiones / Sesión Nº722 / Acuerdo Nº 10660

Reuniones de CORE remotas por Coronavirus

Acuerdo N° 10660

Período 2018 - 2022

BIP:
17/03/2020

CERTIFICADO
 

              La Secretaria Ejecutiva que subscribe, CERTIFICA que en la Sesión Ordinaria N° 722, de fecha 17  de Marzo del 2020, del CONSEJO REGIONAL - REGIÓN DE COQUIMBO, adoptó el siguiente acuerdo:

 

Acuerdo N° 10660

Considerando:

  • Que, con fecha 5 de enero de 2020, a través del Decreto N° 4, el Ministerio de Salud ha decretado Alerta Sanitaria por el periodo de un año en el país, otorgando facultades extraordinarias que indica, por motivo de emergencia de salud pública de importancia nacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).
  • Que, desde el pasado 14 de marzo de 2020, el país ha entrado en fase III del brote del nuevo coronavirus "2019-NCOV.
  • Que, el artículo 1° de la Constitución Política de la República, junto con consagrar el Principio de Servicialidad del Estado, prescribe, en su inciso final, que a éste le corresponde dar protección a la población.
  • Que, el artículo 3° de la Ley N°. 18.575, que consagra el Principio de Continuidad del Servicio Público dispone, en lo pertinente, que "La Administración del Estado está al servicio de la persona humana; su finalidad es promover el bien común atendiendo a las necesidades públicas en forma continua y permanente".
  • El Oficio N° 003, de fecha 16 de marzo de 2020, del Presidente de la República, mediante el cual imparte Instrucciones y medidas de prevención y reacción por caso de brote de COVID-19 a los Ministerios y Servicios Públicos que dependan o se le relacionen a través de ellos.
  • Dictamen Nº 3.610 de 17 de marzo de 2020 que expresa, en lo atingente, que:
  1. Ante una pandemia como la que afecta al territorio nacional, corresponde a los órganos de la Administración del Estado adoptar las medidas que el ordenamiento jurídico les confiere a fin de proteger la vida y salud de sus servidores, evitando la exposición innecesaria de estos a un eventual contagio; de resguardar la continuidad del servicio público y de procurar el bienestar general de la población
  2. El artículo 45 del Código Civil, norma de derecho común y de carácter supletorio, el caso fortuito constituye una situación de excepción. En la especie, el brote del COVID-19 representa una situación de caso fortuito que, atendidas las graves, consecuencias que su propagación en la población puede generar, habilita la adopción de medidas extraordinarias de gestión interna de los órganos y servicios públicos que conforman la Administración del Estado  con el objeto de resguardar a las personas que en ellos se desempeñan y a la población evitando así la extensión del virus, al tiempo de asegurar la continuidad mínima necesaria de los servicios públicos críticos; esto es, aquellos cuyas funciones no pueden paralizarse sin grave daño a la comunidad
  3. La ley N° 19.880 permite, en su artículo 5°, que el procedimiento administrativo y los actos administrativos a los cuales da origen se expresen por medios electrónicos, y que, a contar de la vigencia de la ley N° 21.180, esa vía constituirá la regla general en la materia.

 

Se acuerda:

Realizar las reuniones de comisiones y sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Regional de Coquimbo mientras las circunstancias lo ameriten en modalidad trabajo remoto o por medios electrónicos.

Para ello se solicita a la Intendenta Regional, en su calidad de Ejecutiva del Gobierno Regional, conforme lo establece el artículo 43 bis de la Ley 19.175 proveer de los medios necesarios para habilitar y asistir en la generación de una plataforma que operativice las reuniones referidas.

Se faculta a la Secretaria Ejecutiva, en su calidad de Ministro de Fe, a adoptar todas las medidas de certificación de los quorum de asistencia, votación y registro de la sesión que sean necesarios.

El presente acuerdo ha sido adoptado por 15 voto(s) a favor del(los) consejero(s) asistente(s): Sr(s). Adriana Peñafiel Villafañe, Alberto Gallardo Flores, Angela Rojas Escudero, Carlos Galleguillos Rojo, Cristián Carriel Castillo, Hanna Jarufe Haune, Jaime Herrera Flores, Javier Vega Ortiz, Juan Carlos Codoceo Contreras, Lidia Zapata Pasten, Lombardo Toledo Escorza, Marcelo Castagneto Arancibia, Marco Sulantay Olivares, Paola Cortés Vega, Teodosio Guerrero Cruz, 0 voto(s) de rechazo: Sr(s) , 0 voto(s) de abstención: Sr(s) , 0 voto(s) se inhabilitan. El Sr. Consejero Regional Cristian Rondanelli Orrego justifica inasistencia por razones de salud.

 

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Votos

Documentos Adjuntos