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Complementa propuesta de modificación al Instructivo de funcionamiento de los Fondos Concursables 2025

Acuerdo N° 14858

Período 2025 - 2029

BIP:
04/02/2025

CERTIFICADO
 

              La Secretaria Ejecutiva que subscribe, CERTIFICA que en la Sesión Ordinaria N° 841, de fecha 04  de Febrero del 2025, del CONSEJO REGIONAL - REGIÓN DE COQUIMBO, adoptó el siguiente acuerdo:

 

Acuerdo N° 14858

Considerando:

  • Ley 21.722 de Presupuesto del sector público para el año 2025.
  • Acuerdo CORE N°14.706 de fecha 16 de diciembre de 2024, que aprueba Instructivo de Funcionamiento de los Fondos Concursables 2025
  • Acuerdo CORE N°14.772 de fecha 14 de enero de 2025, que aprueba primera modificación al Instructivo de Funcionamiento de los Fondos Concursables 2025.
  • Informe Final 743-B del 2023 de fecha 14 de enero de 2025, de la Contraloría General de la Republica.
  • Ord. N°370 de fecha 31 de enero de 2025 del Gobernador Regional, mediante el cual solicita someter a consideración del Consejo Regional, propuesta de modificación al Instructivo de Funcionamiento de los Fondos Concursables 2025.
  • El Trabajo desarrollado en la comisión de presupuesto, inversión y control de gestión del Consejo Regional del día lunes 3 de febrero de 2025.

Se acuerda:

1. Complementar la propuesta de modificación al Instructivo de funcionamiento de los Fondos Concursables 2025, presentada por el ejecutivo del Gobierno Regional, es decir modificar los Artículos 9° y 10°, y además modificar el Artículo 3°, disminuyendo el marco disponible a un 7,85% con el detalle de distribución por cada fondo según lo mencionado anteriormente. Con ello se deja un saldo de M$147.327 que permitirá la contratación de personal a honorario, de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo 3°: …”se destinará el 7,85% del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) para los Fondos de Cultura y Patrimonio, de Deporte, de Seguridad Ciudadana, Social, de Medio Ambiente, del Adulto Mayor, Tenencia Responsable y al Fondo de Asignación Directa de acuerdo con los montos y porcentajes de distribución detallados en la siguiente tabla:”

NOTA: Con ello se dispondrían de M$147.327, para la contratación de al menos 8 profesionales a honorarios, con remuneración de acuerdo al mercado y que contemple gastos asociados a fiscalización y seguimiento en terreno de la ejecución de iniciativas financiadas a través de los fondos concursables.

Artículo 9°: Evaluación de Admisibilidad.

Se debe considerar la Estrategia Regional de Desarrollo (ERD), el Programa del Gobierno Regional y las políticas nacionales y regionales asociadas a cada fondo. Además se “deberán cumplir con todos los aspectos formales enunciados en las bases específicas de cada fondo”.

Artículo 10°: Evaluación Técnica.

Se modifican:

  • Los criterios de evaluación.
  • La escala de evaluación.
  • Los indicadores de evaluación.
  • Nota de corte de elegibilidad.

2. Se deja establecido que ante la imposibilidad de implementar la modificación al Artículo 3° del Instructivo, solo se harán efectivas las modificaciones propuestas por el ejecutivo, es decir a los Artículos 9° y 10°.

La resolución de esta factibilidad deberá ser informada al Consejo Regional en un plazo de 15 días.

3. Solicitar al ejecutivo del Gobierno Regional formule para el año 2026, un programa de transferencia y asistencia técnica para la postulación y seguimiento de iniciativas asociadas al “Concurso Vinculación con la Comunidad 8%” proceso 2026 – 2027, para ser financiado con recursos del FNDR, tomando como ejemplo la experiencia del Gobierno Regional Metropolitano, código BIP 40048472-0.

 

El presente acuerdo ha sido adoptado por 17 voto(s) a favor del Presidente del Consejo Regional Sr. Cristóbal Juliá de la Vega, y del(los) consejero(s) asistente(s): Sr(s). Ángel González Aguilera, Belén Auger Julien, Bernardo Chávez Araya, Carlos Ramos García, Denis Cortés Vargas, Francisco Corral Macías, Juan Hisi Espinoza, Juan Manuel Barraza Astorga, Lombardo Toledo Escorza, María Cristina Concha Wagenknecht, Max Aguirre Rojas, Paola Cortés Vega, Pedro Alejandro Valencia Cortés, Tatiana Alejandra Cortés Segovia, Valeria Chacana Alarcón, Ximena Del Pilar Ampuero García, 0 voto(s) de rechazo: Sr(s) , 0 voto(s) de abstención: Sr(s) , 0 voto(s) se inhabilitan.

 

 

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Votos

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